
Ley 27.191
“Régimen de Fomento Nacional para el Uso de Fuentes Renovables de Energía Destinada a la Producción de Energía Eléctrica”.
Según lo enunciado por el Gobierno en el marco del Ministerio de Energía y Minería, cada sujeto alcanzado por dicha ley está obligado, en una primera etapa, a lograr una contribución mínima del ocho por ciento (8%) del total del consumo de energía eléctrica con energía proveniente de las fuentes renovables. En una segunda etapa, la reducción será del veinte por ciento (20%) en el 2025, cumplimiento que deberá hacerse en forma gradual. Para ello debemos crear un proyecto estratégico que se adapte a las complejidades de cada empresa en función de alcanzar los verdaderos beneficios.
Proyectos de Energía Renovable mediante:
Sistema Solar.
Sistema Eólico.
Sistema Mixta.
Instalación y Puesta en Marcha
Consultas