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Ministerio de Desarrollo Agrario

Las personas físicas y/o jurídicas que comercialicen especies, productos y/o subproductos de la fauna silvestre, deberán estar inscriptas en la dirección de Flora y Fauna.


  • Frigoríficos

  • Acopio Liebre para Consumo Humano

  • Venta de Productos Cárneos de la Fauna Silvestre

  • Comercio Acopiador Cueros

  • Coto Caza Mayor

  • Coto Caza Menor


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